define legal codes

Jaycee

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Feb 16, 2004
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What are articulo 401 del Codigo Penal and articulo 211 del Codigo Laboral in english please?
 

Fabio J. Guzman

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Jan 1, 2002
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Art. 401 C?digo Penal:

"ART. 401.-(Modificado por la Ley No. 36-00 del 18 de junio del a?o 2000. G.O. No. 10049.07).
(Modificado por la Ley No. 46l, del 17 de mayo de 1941, G. O. No.5595).-

Los dem?s robos no especificados en la presente secci?n, as? como sus tentativas, se castigar?n conforme a la siguiente escala:

1.- Con prisi?n de quince d?as a seis meses y multa de cincuenta a quinientos pesos, cuando el valor de la cosa robada no exceda de mil pesos;

2.- Con prisi?n de tres meses a un a?o y multa de quinientos a tres mil pesos, cuando el valor de la cosa robada exceda de mil pesos, pero sin pasar de tres mil pesos;

3.- Con prisi?n de uno a dos a?os y multa de mil a tres mil pesos, cuando el valor de la cosa robada exceda de tres mil pesos, pero sin pasar de cinco mil pesos;

4.- Con dos a?os de prisi?n correccional y multa de mil a cinco mil pesos cuando el valor de la cosa robada exceda de cinco mil pesos;

PARRAFO I.- En todos los casos se podr? condenar a los culpables, adem?s, a la privaci?n de los derechos mencionados en el Art?culo 42 de este C?digo, por un tiempo que oscilar? entre uno y tres a?os. Tambi?n se podr? ordenar mediante sentencia, que los culpables queden bajo la vigilancia de la alta polic?a, durante el mismo tiempo.

PARRAFO II.- El que a sabiendas de que est? en la imposibilidad de pagar, se hubiese hecho servir bebidas y/o alimentos que consumiere en todo en parte, en cualquier establecimiento a ello destinado, se har? reo de fuller?a y ser? penalizado con prisi?n correccional de quince d?as a seis meses y multa de cien a dos mil pesos.

PARRAFO III.- El que sin tener recursos suficientes para pagar el alojamiento, se alojare en calidad de huesped en cualquier hotel, pensi?n, posada u otro establecimiento destinado a esos fines y no pagare el precio en la forma y plazo establecidos, comete el delito de fraude, y ser? penalizado con prisi?n de un mes a un a?o y multa de quinientos a tres mil pesos."

Art. 211 C?digo de Trabajo:

"Se castigar? como autor de fraude y se aplicar?n las penas establecidas en el art?culo 401 del Codigo Penal, seg?n la cuant?a, a todas las personas que contraten trabajadores y no les paguen la remuneraci?n que les corresponda en la fecha estipulada o a la terminaci?n de la obra o servicio convenidos.
Para los fines indicados en este art?culo, se comprueba la intenci?n fraudulenta por la circunstancia de no pagar a los trabajadores la remuneraci?n correspondiente en la fecha estipulada o a la terminaci?n de la obra o servicio convenido.
Cuando el infractor de este art?culo sea una persona moral, la pena prevista se aplicar? a los administradores, gerentes, representantes o personas que tengan la direcci?n de la empresa.
El requerimiento de puesta en mora a la persona en falta debe hacerse por medio del Procurador Fiscal, quien citar? a las personas interesadas y levantar? acta de sus declaraciones. Dicho funcionario conceder? a la persona en falta un plazo de no menos de cinco d?as ni m?s de quince d?as para que cumpla con su obligaci?n.
Si la persona requerida no optempera a la citaci?n del Procurador Fiscal o no cumple sus obligaciones en el plazo que le fue concedido, ser? puesta en movimiento la acci?n p?blica."
 

Hillbilly

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Jan 1, 2002
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You must not have paid somebody

Or somebody that worked for you is pissed off.

the labor law fits into the other criminal law for robbery.

Probably trying to get back at you, but that's just my idea...
HB
 

mkohn

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Jan 1, 2002
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Art. 401 C?digo Penal:
Article 401 of the Penal Code:

"ART. 401.-(Modificado por la Ley No. 36-00 del 18 de junio del a?o 2000. G.O. No. 10049.07).
(Modificado por la Ley No. 46l, del 17 de mayo de 1941, G. O. No.5595).-
?ART. 401. ?(Modified by Law No. 36-00 dated June 18, 2000. G.O. No. 10049.07).
Los dem?s robos no especificados en la presente secci?n, as? como sus tentativas, se castigar?n conforme a la siguiente escala:
Those thefts not specified in the present section, as well as attempts, will be punished according to the following measure:

1.- Con prisi?n de quince d?as a seis meses y multa de cincuenta a quinientos pesos, cuando el valor de la cosa robada no exceda de mil pesos;
1 ? With fifteen days to six months in prison plus a fine of fifty to five hundred pesos, when the value of the stolen item does not exceed a thousand pesos;

2.- Con prisi?n de tres meses a un a?o y multa de quinientos a tres mil pesos, cuando el valor de la cosa robada exceda de mil pesos, pero sin pasar de tres mil pesos;
2 ? With three months to one year in prison plus a fine of five hundred to three thousand pesos, when the value of the stolen item exceeds a thousand pesos, but up to three thousand pesos;

3.- Con prisi?n de uno a dos a?os y multa de mil a tres mil pesos, cuando el valor de la cosa robada exceda de tres mil pesos, pero sin pasar de cinco mil pesos;
3 ? With one to two years in prison plus a fine of three thousand pesos, when the value of the stolen item exceeds three thousand pesos, but up to five thousand pesos;

4.- Con dos a?os de prisi?n correccional y multa de mil a cinco mil pesos cuando el valor de la cosa robada exceda de cinco mil pesos;
4 ? With two years in correctional prison plus a fine of one thousand to five thousand pesos when the value of the stolen item exceeds five thousand pesos;

PARRAFO I.- En todos los casos se podr? condenar a los culpables, adem?s, a la privaci?n de los derechos mencionados en el Art?culo 42 de este C?digo, por un tiempo que oscilar? entre uno y tres a?os. Tambi?n se podr? ordenar mediante sentencia, que los culpables queden bajo la vigilancia de la alta polic?a, durante el mismo tiempo.
PARAGRAPH I ? In all cases those at fault may be found guilty, furthermore, regarding the denial of the rights mentioned in Article 42 of this code, for a period of time that will vary between one and three years. Also, a middle of the road sentence will be ordered, where the guilty will be monitored by the ?highest police? during that same period of time.

PARRAFO II.- El que a sabiendas de que est? en la imposibilidad de pagar, se hubiese hecho servir bebidas y/o alimentos que consumiere en todo en parte, en cualquier establecimiento a ello destinado, se har? reo de fuller?a y ser? penalizado con prisi?n correccional de quince d?as a seis meses y multa de cien a dos mil pesos.
PARAGRAPH II ? He who knowingly is unable to pay, and has drinks or food served which he consumes completely or partially, in whatever establishment he goes, is guilty of a crime and will be penalized with correctional prison for fifteen days to six months plus a fine of one hundred to two thousand pesos.

PARRAFO III.- El que sin tener recursos suficientes para pagar el alojamiento, se alojare en calidad de huesped en cualquier hotel, pensi?n, posada u otro establecimiento destinado a esos fines y no pagare el precio en la forma y plazo establecidos, comete el delito de fraude, y ser? penalizado con prisi?n de un mes a un a?o y multa de quinientos a tres mil pesos."
PARAGRAPH III ?He who is without sufficient means to pay for lodging, and takes up lodging as a guest in whatever hotel, pension, inn or other location designed for those purposes and doesn?t pay the fee in the established form and terms, commits the crime of fraud, and will be penalized with prison from one month to one year plus a fine of five hundred to three thousand pesos.?

Art. 211 C?digo de Trabajo:
Article 211 of the Work Code:

"Se castigar? como autor de fraude y se aplicar?n las penas establecidas en el art?culo 401 del Codigo Penal, seg?n la cuant?a, a todas las personas que contraten trabajadores y no les paguen la remuneraci?n que les corresponda en la fecha estipulada o a la terminaci?n de la obra o servicio convenidos.
?In the act of fraud one will be punished as such and the established penalties of article 401 of the Penal Code apply, according to the amount, to all persons who hire workers and don?t pay them the remuneration that corresponds to them on the stipulated date, or at the end of the job or agreed upon service.
Para los fines indicados en este art?culo, se comprueba la intenci?n fraudulenta por la circunstancia de no pagar a los trabajadores la remuneraci?n correspondiente en la fecha estipulada o a la terminaci?n de la obra o servicio convenido.
For the purposes indicated in this article, fraudulent intentions are proven by the act of not paying workers the appropriate pay on the mentioned date or at the end of the job or agreed upon service.
Cuando el infractor de este art?culo sea una persona moral, la pena prevista se aplicar? a los administradores, gerentes, representantes o personas que tengan la direcci?n de la empresa.
El requerimiento de puesta en mora a la persona en falta debe hacerse por medio del Procurador Fiscal, quien citar? a las personas interesadas y levantar? acta de sus declaraciones. Dicho funcionario conceder? a la persona en falta un plazo de no menos de cinco d?as ni m?s de quince d?as para que cumpla con su obligaci?n.
When the person who breaks the law of this article is a moral person, the imposed penalty will be determined by the administrators, managers, representatives or other persons who have authority from the company. The current matter requires the guilty party to present himself to the District Attorney, who will make appoiontments with the interested parties and will document their statements. Said individual will grant the guilty party a term of not less than five days nor greater than fifteen days to meet his obligations.

Si la persona requerida no optempera a la citaci?n del Procurador Fiscal o no cumple sus obligaciones en el plazo que le fue concedido, ser? puesta en movimiento la acci?n p?blica."
If the individual does not appear before the District Attorney, or does not fulfill his obligations, it will be necessary to begin criminal proceedings.?

mk (Hope this helps)
 

Jaycee

New member
Feb 16, 2004
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thank you!

thanks for posting this information in spanish and english. This will help alot and also for other people who have dealt with the same thing : : :rambo: