Alterego is correct. Have to have been away from the DR for two years.
La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios de CERTIFICACIONES, así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.
El Certificado de Leyes 168 y 146-00 es una constancia que da la Oficina Consular de que un ciudadano dominicano ha cumplido el tiempo mínimo de dos (2) años residiendo en el extranjero, cuando éste no pueda mostrar con documentos oficiales del país de residencia, que efectivamente tiene dos años o más residiendo fuera de la República Dominicana.
Las leyes 168 y 146-00 estipulan favores y beneficios de excepciones aduanales para la entrada de enseres del hogar, utensilios profesionales y vehículos con características bajo las condiciones especificadas en las leyes y las normativas vigentes.
Todos los dominicanos tienen derecho a solicitar Certificado de Leyes 168 y 146-00 en las oficinas consulares de la República Dominicana.
The information as to what the laws say and what the benefits here is in two PDFs, the links to which are on this page
https://consuladordmadrid.es/plan-retorno-voluntario/
Matilda